pdf Seguridad y justicia: plan nacional y reforma constitucional Popular
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Título completo: Seguridad y justicia: plan nacional y reforma constitucional. El difícil itinerario hacia un nuevo orden. Serie Opiniones Técnicas sobre Temas de Relevancia Nacional, núm. 5
Autor: Sergio García Ramírez
Fecha de publicación: Abril, 2019
Institución participante: Instituto de Investigaciones Jurídicas (ISS) UNAM
Tipo de publicación: Libro
Campo Temático: Defensa del Orden Democrático
Palabras clave: Federalismo, Ley de la Guardia Nacional, Federación, Entidades
Postura: Neutral
Argumento principal del informe:
La reforma de 2018-2019 la Guardia Nacional se asociaba tanto a la jurisdicción federal como a las atribuciones de las entidades federativas. Puntos importantes desde un análisis son:
El artículo 73 reservaba a los estados la facultad de instruir a la Guardia Nacional conforme a la disciplina que establecieran los reglamentos dictados por el Congreso de la Unión, al que se encomendaba emitir las leyes destinadas a organizar, armar y disciplinar la Guardia.
El artículo 76, fracción IV, facultaba al Senado para autorizar al presidente a “disponer de la Guardia Nacional fuera de sus respectivos estados”, de donde se desprendía que aquella tenía una adscripción local, no federal.
El artículo 78, fracción I, atribuía la misma facultad a la Comisión Permanente, en su caso. Por último, la fracción VII del artículo 89 daba competencia al Ejecutivo para disponer de la Guardia Nacional conforme a la fracción IV. La reforma de 2019 ha retirado la vinculación de la Guardia Nacional con los estados, suprimiendo las referencias que acogían ese enlace; hoy prevalece la idea de coordinación, que menciono en otra parte de este trabajo
Principales hallazgos y/o conclusiones
No hay indicativos en la Ley de la Guardia Nacional, para indicar que al cabo de cinco años las Fuerzas Armadas retornarán a sus cuarteles, dejando de cumplir funciones policiales; y de que contaremos con una Guardia Nacional suficiente y competente para contener la ola criminal —especialmente en sus manifestaciones más intensas—, y acaso tendremos una policía ordinaria con organización, eficiencia e integridad “razonables”, que cubra su encomienda a lo largo y ancho de la República.
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