pdf Retos y perspectivas de la guardia nacional en México Popular
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Título completo: Retos y perspectivas de la guardia nacional en México
Autor: Ricardo Alexis Uvalle Aguilera
Fecha de publicación: Octubre, 2019
Institución participante: Revista Derecho UNAM
Tipo de publicación: Artículo Científico
Campo Temático: Defensa del Orden Democrático
Palabras clave: Seguridad Pública, Derechos Humano
Postura: Neutral
Argumento principal del informe:
A principios de 2019 fue aprobada en México una reforma constitucional para crear la llamada Guardia Nacional. Además de generar un gran debate mediático y dar lugar a puntos de vista sobre su pertinencia e idoneidad y ser motivo de análisis y críticas, su vigencia enfrenta grandes desafíos de cara a su implementación. Esto es así porque aunado a las dudas sobre su convencionalidad, en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la forma en que plantea los requisitos de ingreso y permanencia requieren ser estudiados con todo cuidado desde una perspectiva histórica y jurídica. En este sentido, el propósito del presente trabajo es analizar las particularidades y características del diseño institucional de la Guardia, considerando la perspectiva internacional de los derechos humanos y proponer una serie de recomendaciones de cara a su implementación.
Principales hallazgos y/o conclusiones:
Desde la óptica del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, México cuenta con antecedentes negativos en lo relativo a condenas por parte de la Corte Interamericana, por violaciones cometidas por distintas corporaciones de seguridad (Ejército, Marina y Policía Federal) en contra de los derechos humanos de sus ciudadanos. Incluso en lo que respecta a la dinámica de ejecución en que estas sentencias condenatorias deberán resarcir las violaciones mencionadas, se han delimitados políticas integrales de seguridad tendientes a fortalecer las corporaciones se seguridad, capacitar a sus integrantes y crear observatorios ciudadanos responsables de verificar su cumplimiento en los términos ordenados. Con base en estas consideraciones, la “nueva” Guardia Nacional enfrenta retos mayúsculos no solo en la consecución del fin para el que fue diseñada: garantizar la seguridad del Estado mexicano, sino además, en hacerlo bajo los estándares internacionales de derechos humanos, que forman parte de la Ley Suprema del Estado mexicano, según lo dispuesto por el artículo 133 constitucional y cuidando en todo momento no repetir hechos lamentables que suman en la deslegitimación de los mismos ante la sociedad y el desencanto de la política de confrontación que muy pocos resultados ha generado en tratándose de desarticular al crimen organizado y garantizar la seguridad como bien jurídico tutelado más importante de cualquier Estado Constitucional.
Desde la perspectiva del diseño institucional se debe poner especial atención a las particularidades mediante las cuales se pretende implementar el desarrollo de la Guardia Nacional. El hecho de que se haya modificado el dictamen para dotarla de un mando civil no fue suficiente para evitar que un militar estuviera a su cargo, ni que los responsables de su coordinación fueran en su mayoría del fuero militar, pues en el artículo 13 de la Ley Reglamentaria se estableció que la Coordinación Operativa estará integrada por la Secretaria de la Defensa Nacional, la Secretaria de Marina y la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana; es decir, dos mandos militares y uno civil. Asimismo, el artículo 86 establece la facultad para que sea el Presidente de la República quien tenga a su cargo el nombramiento del Comandante que por estructura jerárquica es el de más alto rango en la misma, lo que permitió que se eligiera a un militar en activo en proceso de retiro. En este sentido, conviene hacer también hincapié en el hecho de que cada corporación de seguridad, tanto civil como militar, tiene una determinada ideología en el ejercicio de sus funciones. A nivel de capacitación, interlocución y diálogo institucional, hacer converger tres distintas ideologías para coordinarse en materia de seguridad no será tarea fácil ni a nivel directivo, ni en la escala operacional. Ello es uno de los muchos retos que la Guardia Nacional habrá de enfrentar, pues la experiencia mexicana nos ha enseñado que cuando se trata de relaciones de coordinación entre distintos entes los procesos del día a día se complican y en un tema que requiere atención urgente, no es conveniente que por diferencias consustanciales a la naturaleza disímbola de las instituciones involucradas, no se alcancen los objetivos planteados en la justificación de la creación de esta nueva corporación.
Finalmente debemos considerar que la Guardia Nacional no es la panacea para resolver la problemática de inseguridad que aqueja al Estado mexicano. Bajo la lógica que fue propuesta y aprobada se advierte que la administración entrante pretende modificar la ejecución del combate al crimen organizado, pero no se aprecian intenciones relativas a cambiar la política integral en esta materia. Ello debe preocuparnos porque la Guardia Nacional por sí misma no servirá de mucho si a la par de su diseño, creación y ejecución, no se aumenta la cantidad de policías de primera aproximación, se someten a controles de confianza los cuerpos policíacos existentes y se prepara a los mismos de cara a retomar lo que por la naturaleza institucional de su actividad deben llevar a cabo: tareas de seguridad pública. No debemos olvidar que aunque por el tiempo prolongado que hemos visto a las corporaciones militares en las calles, ello no es facultad propia de ellas, sino que la falta de eficacia y alcance de las de naturaleza civil, orilló a las primeras a salir de los cuarteles para responder las falencias en las estructuras del Estado. En este sentido, conviene hacer notar que la política en materia de seguridad y combate al crimen organizado debe ser replanteada y orientada a modificar el todo de las estructuras estatales, mas no a crear nuevas corporaciones; depurar las existentes para que las de nueva creación sigan derroteros con base en estándares mínimos de respeto y garantía de derechos humanos; y recordar, que aunado a la legislación nacional y la base constitucional, México está obligado a cumplimentar las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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